LA SENTENCIA CONDENATORIA


Como en todo proceso siempre existe un inicio, y un final. En ese sentido, el proceso penal termina con el dictado por parte de la triada judicial de una deliberación llamada sentencia, en la cual de acuerdo a todo el desenvolvimiento de los actos procesales y el despliegue de acciones que desarrolló tanto la defensa y ministerio público, se llaga a una conclusión para determinar si existe o no culpabilidad del acusado, en ese sentido en este post hablaremos de la sentencia condenatoria.

Podemos entender a la sentencia condenatoria como aquella que es emitida por el Tribunal de Enjuiciamiento de forma escrita, acreditando los componentes del delito, su grado de ejecución, la forma de intervención, su naturaleza dolosa o culposa y el grado de lesión o afectación a la víctima. Asimismo, dicho Tribunal impone la pena o medida, así como la reparación del daño y el decomiso de los instrumentos o efectos del delito. 
Con base a lo anterior podemos decir, que la sentencia condenatoria es una impresión u opinión que una persona defiende o apoya. El término es utilizado para hacer referencia al fallo dictado por un tribunal o un juez y a la declaración que deriva de un proceso judicial. En este sentido, una sentencia es una resolución de carácter jurídico que permite dar por finalizado una contienda.
La sentencia judicial, por lo tanto, le da la razón o admite el derecho de alguna de las partes en litigio. En el marco del derecho penal, este fallo determina el castigo o la absolución de la persona bajo acusación. Esto quiere decir que, si la sentencia es una condena, estipula la pena que le corresponde de acuerdo con el delito en cuestión.
La sentencia consta de una sección expositiva (donde se mencionan las partes que intervienen, sus abogados, los antecedentes, etc.), una considerativa (que menciona los fundamentos de derecho y también de hecho) y una resolutiva (la propia decisión del juez o tribunal).

La sentencia puede ser firme (no acepta que se interponga un recurso), recurrible (es posible la interposición de recursos) o inhibitoria (no soluciona el litigio por problemas con los requisitos del proceso).
Sin embargo, de todo lo anterior, al final del día, los que determinan esas sentencias son seres humanos, y como tal tenemos errores, por lo que pudiera ser en muchas ocasiones que esas sentencias no sean justas.
Esto no sólo afecta a la persona imputada, sino que significa que en su lugar quedará libre el verdadero culpable, con la posibilidad de continuar delinquiendo a su gusto, y también reduce la confianza de los ciudadanos en el sistema judicial. Es por lo que la ley prevé mecanismos de defensa para poder impugnar dichas resoluciones cuando no sean favorables.

BIBLIOGRAFÍA

ABAROLI MÉXICO. (2012). La teoría del caso. Ensenada B. C.

CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN. (2017). Código Penal Federal. México: Diario Oficial de la Federación.

CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN. (2016). Código Nacional de Procedimientos Penales. México: Diario Oficial de la Federación. 

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