Entradas

Mostrando entradas de noviembre, 2018

INVESTIGACIÓN HEMEROGRÁFICA. ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD.

Imagen
Como ya se ha mencionado en los blogs anteriores, existen mecanismos de control constitucional, para efecto de darle solución a acciones que violenten las inconsistencias constitucionales entre organismos o dependencias de la administración pública o del gobierno mexicano. De modo que en este caso analizaremos una acción de inconstitucionalidad promovida por la COMISION FEDERAL DE LOS DERECHOS HUMANOS   Demanda de acción de inconstitucionalidad 19/2018, presentada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el 26 de enero de 2018, en contra del Decreto número 52, por el que se establece la tarifa del derecho que se aplicará para el pago del servicio de alumbrado público; así como del artículo 48 de la Ley de Ingresos del Municipio de Acuamanala de Miguel Hidalgo y 31 de la Ley de Ingresos del Municipio de San Damián Texóloc, ambos del Estado de Tlaxcala, para el ejercicio fiscal 2018. Misma que tuvo la siguiente resolución: PRIMERO. Se desecha por notoriamente improcedente

ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD. JUICIO DE CONTROL

Imagen
Como ya he hablado a lo largo de este blog, la constitución federal es la ley suprema que de ella emana todos los lineamientos que nos rigen como sociedad, sin embargo, también existen mecanismos de control usados cuando las autoridades u organismos violan o contravienen tales disposiciones, como es el caso de la ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD , muy similar al tema visto en la unidad pasada Controversias constitucionales, ambos controles de constitucionalidad, solo que este último utilizado en temas relacionados al principio de separación de poderes. La acción de constitucionalidad podemos denominarla como un control constitucional que se enfoca a reclamar la inconstitucionalidad de una norma general y será de carácter abstracto, dicho de otro modo, en una acción de inconstitucionalidad no será necesario probar que la norma reclamada ha producido un daño específico, sino que basta argumentar hipotéticamente y de manera abstracta cuál es la afectación que su vigencia provoca a uno

PRIMACIA Y SUPREMACIA DE LA CONSTITUCION FEDERAL DE MEXICO

Imagen
  La forma de gobierno de los Estados Unidos Mexicanos, se caracteriza además de tener un ordenamiento jurídico bien definido, y contar con el principio de separación de poderes, dentro de su constitución federal se derivan los conceptos de la supremacía y la primacía, el primero tal como se refiere en el artículo 133 constitucional que a la letra dice: Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de toda la Unión. Los jueces de cada entidad federativa se arreglarán a dicha Constitución, leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las Constituciones o leyes de las entidades federativas. De modo que tal como lo refiere el artículo anterior, podemos concluir que la constitución federal es el ordenamiento

LOS ESTADOS COMO DEPENDIENTES DE LA SUPREMACIA

Imagen
La legislación de México se caracteriza por tener un nivel jerárquico en el que la constitución federal es la ley suprema que de ella emanan las demás leyes inmersas en otros niveles, ya sean estatales o municipales, de tal modo que la federación está constituida por varios estados autónomos y soberanos, pero a la vez dependientes de la misma constitución. Es por ello que podemos decir que las entidades federativas son cada uno de los estados integrantes de la Federación Mexicana. Son estados que están unidos voluntariamente bajo un Pacto Federal, es decir, son independientes y autónomos en cuanto a su régimen interior (es decir tienen Constitución y leyes propias), pero al mismo tiempo están sujetos a la Constitución Federal y a los Tratados Internacionales (o sea, su Constitución y sus leyes no deben contravenir ni la Ley Suprema ni los Tratados Internacionales). Las entidades federativas para su correcto control interno también están regidas por tres poderes, tanto el poder

ORDENAMIENTO JURÍDICO EN MÉXICO

Imagen
De acuerdo al principio  de separación de poderes, podemos mencionar que los mexicanos tenemos un gobierno o administración publica equilibrada y con sistemas de controles que propician la protección de los derechos humanos, ya que esto orilla   a la creación de diversas instancias, o instituciones que se dividirán el poder para ejercerlo equilibradamente y con las mismas responsabilidades, y uno cuidara de las irregularidades del otro generando así la esfera política o los poderes constituidos, el poder legislativo, el poder ejecutivo, y el poder judicial. y estos a su vez se dividirán  en estratos federales, estatales y municipales. Esto es así debido a que cada uno de ellos debe cumplir diferentes tareas y tiene diversas responsabilidades que no tienen los otros poderes. Al mismo tiempo, surge la noción de que cada uno de ellos debe regularse pero también debe ser controlado por los otros para así evitar abusos. De esta manera se delegan las actividades o funciones de admin